COMUNIDAD GITANA
La comunidad Gitana o Rom no existía en la constitución política de 1991, por tal motivo esta cultura que habita diferentes zonas del país, no tenía un reconocimiento propio, ante: sus creencias, su cultura y sus tradiciones.
La comunidad Gitana o Rom, empezó a tener participación e igualdad ante los derechos humanos, a partir del principio de reconocimiento a la diversidad étnica y cultural consagrado en el artículo 7 de la carta, del mismo modo cuando entro en vigencia la constitución política de 1991, los integrantes de la comunidad Gitana o ROM, empezaron a organizarse como grupo para solicitar al estado beneficios con respecto a sus usos, costumbres y tradiciones.
La ley 812 de junio 26 de 2003 promueve un Plan Nacional de Desarrollo en el cual se evidencia un principio de reconocimiento y existencia de dicho pueblo, “…se propondrán mecanismos que reconozcan sus derechos y sus prácticas consuetudinarias” agregando que “se promoverán programas y proyectos orientados a mejorar sus condiciones de vida”.
Del mismo modo se es gitano a partir de los siguientes aspectos:
1. “se es Gitano por derecho de nacimiento”
2. La larga tradición nómada y su transformación en nuevas formas de itinerancia.
3. Idea de un origen común y una historia compartida.
4. Idioma propio, el romanés o romai shib.
5. La valoración del grupo de edad y el sexo como principios ordenadores de estatus.
6. Fuerte cohesión interna y manejo de un complejo sistema de relaciones frente al no Rom (gadye).
7. Organización social basada en la configuración de grupos de parentesco o patrigrupos.
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